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Punto de Vista Reconocimiento de garantías financieras ¿Opcional u obligatorio?

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Punto de Vista Reconocimiento de garantías financieras ¿Opcional u obligatorio?
www.pwc.com/mx
Punto de Vista
Reconocimiento de garantías financieras
bajo IFRS en empresas No financieras:
¿Opcional u obligatorio?
Uno de los puntos que merecen atención por parte de las empresas emisoras que reportan conforme a las Normas
Internacionales de Información Financiera (IFRS) en este 2012, es el reconocimiento contable de las garantías
financieras. Este es un tema a considerar por todas las entidades públicas que se encuentran en proceso de
conversión a IFRS según lo requerido por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Contratos de Garantía Financiera
Participantes
Garante
Deudor
Garantías Financieras
No son Garantías Financieras
Aval, obligado solidario, fiador,
etc. (garantías de préstamos
a favor de subsidiarias o de
clientes)
Cartas de garantía general
entre entidades relacionadas
(no se especifican importes ni
se relacionan a una obligación
específica)
Acuerdos de garantía cruzada
(generalmente empresas
relacionadas)
Garantías de desempeño
operativo (Ej. garantía del
cumplimiento de un contrato o
funcionamiento de un producto)
Prestamista (bancos generalmente)
Bajo las Normas de Información Financiera Mexicanas, es común que en la actualidad se reconozcan
contablemente las garantías financieras cuando existen altas probabilidades de que el emisor de la garantía sea
requerido a hacer un pago bajo dicho contrato, considerándose en dicho caso como una provisión; en caso
contrario no se efectuará reconocimiento contable alguno, lo cual estando bajo IFRS no sería correcto.
2
Reconocimiento Contable bajo IFRS
Día 1
Día 2
Valor razonable
de la Garantía
Valor razonable inicial, menos
amortizaciones, según IAS 18
El mayor
Provisiones
(IAS 37)
Como se aprecia en el cuadro anterior, el reconocimiento contable de una garantía financiera bajo IFRS implica que el emisor de
dicha garantía (garante) la reconozca a su valor razonable desde la fecha de inicio del contrato. De forma subsecuente, y a cada
fecha de reporte, la compañía deberá reconocer como su pasivo el mayor valor entre el valor razonable reconocido al inicio del
contrato, menos la amortización respectiva, y el mejor estimado del pago a dicha fecha (flujos de caja probables para cancelar la
obligación).
En nuestra experiencia, dicho criterio no se aplica en muchas empresas en la actualidad, sin embargo es un aspecto que deberá
incluirse para fines del reporte bajo IFRS en este 2012. Debemos considerar que la contabilización de las garantías financieras
bajo la norma internacional implicará cambios no sólo en el reconocimiento y la medición del pasivo de la compañía, sino que
afectará sus resultados del ejercicio con el consiguiente efecto en su utilidad neta. Esto resultará asimismo en variaciones de
razones e índices financieros, aspecto sumamente importante en caso de que la compañía tenga establecidos covenants
vinculados a dichos indicadores.
En el siguiente cuadro se muestra un detalle de los aspectos que debemos evaluar respecto a la contabilización de las garantías
financieras bajo IFRS:
Impactos Potenciales
Aplicación retrospectiva, por lo que se requiere estimar el valor razonable de garantías financieras preexistentes a la fecha de
inicio del contrato.
Aplicable a garantías con terceros y entre partes relacionadas (Ej. casa matriz y subsidiarias - entre subsidiarias).
Dificultad en cuantificar el importe del valor razonable inicial de la garantía financiera.
Necesidad de evaluar si la garantía emitida califica como una garantía financiera o como un derivado (Ej. si el cumplimiento de
la obligación está ligado a cambios en niveles de riesgo de crédito o índices externos). En el primer caso se reconocerá el valor
razonable de la garantía sólo al inicio del contrato; en el segundo caso, tanto al inicio como de forma posterior a cada fecha de
reporte.
Las garantías emitidas entre empresas afiliadas no tienen impacto en los estados financieros consolidados; sin embargo, sí
existe un efecto en los estados financieros individuales no consolidados.
El reconocimiento de garantías financieras impacta directamente en el garante. No existe impacto financiero en el deudor o
prestamista.
Las garantías consideradas como contratos de seguros y reaseguros no se encuentran incluídas en el presente tratamiento,
teniendo un criterio de reconocimiento diferente conforme al IFRS 4 “Contratos de Seguro”.
Reciban un cordial saludo,
Carlos Méndez
Socio Líder de Auditoría
Punto de Vista es una publicación especializada
de la práctica de Auditoría de PwC México.
www.pwc.com/mx
Mariano Escobedo 573, Col. Rincón del Bosque, 11580, México, D.F. (55) 5263 6000
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